La Unión Económica Euroasiática emitió una resolución final sobre el dumping de la lámina de aluminio de China
February 10, 2025
El 24 de enero de 2025, el Departamento de Protección del Mercado Interno de la Comisión Económica Euroasiática emitió un informe sobre el papel de aluminio originario de China. La divulgación final de la investigación antidumping (ver Aviso No. 2025/428/AD39), dictaminó que existe dumping de los productos involucrados, y el dumping constituye un daño material a la Unión Económica Euroasiática, por lo que se recomienda imponer derechos antidumping por un período de cinco años, de los cuales, Xiamen Xiashun Aluminium Foil Co., Ltd. La tasa impositiva es del 19,52%. Shanghai Sunho Aluminum Foil Co., LTD. Ltd. fue del 17,16%, y Jiangsu Dingsheng New Materials Joint Stock Co., Ltd. y otros productores chinos fueron del 20,24%. Los productos en cuestión son rollos de papel de aluminio con un espesor entre 0,0046 mm y 0,2 mm, un ancho entre 20 mm y 1616 mm, y una longitud superior a 150 metros, estén o no respaldados, estén o no recubiertos. Productos bajo los códigos arancelarios de la Unión Económica Euroasiática 7607 11 110 9, 7607 11 190 9, 7607 11 900 0, 7607 19 100 0, 7607 19 900 9, 7607 20 100 0 y 7607 20 900 0.
Las partes interesadas deben presentar comentarios sobre el caso antes del 10 de febrero de 2025.
El 28 de marzo de 2024, la Comisión Económica Euroasiática inició una investigación antidumping sobre el papel de aluminio originario de China.