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India inició una investigación provisional antidumping sobre papel de aluminio tailandés.

April 9, 2024

El 29 de marzo de 2024, el Ministerio de Comercio e Industria de la India emitió un aviso que decía que, en respuesta a la solicitud presentada por empresas nacionales indias, se inició la investigación provisional antidumping de lámina de aluminio con un grosor inferior o igual a 80 micras originaria o importada de Tailandia. Para examinar la necesidad de volver a determinar los derechos antidumping sobre los productos importados de Tailandia. El caso involucra productos bajo los códigos aduaneros indios 76071190, 76072090, 76072010, 76071110, 76071999, 76071991, 76071995, 76071910, 76071994, 76071993 y 76071992. El período de investigación de dumping en este caso es de octubre de 2022 a septiembre de 2023 (12 meses), y el período de investigación de daño es de abril de 2019 a marzo de 2020, de abril de 2020 a marzo de 2021, de abril de 2021 a septiembre de 2022 y de octubre de 2022 a septiembre de 2023.


Las partes interesadas en el caso deben presentar la información pertinente a las autoridades investigadoras por correo electrónico (jd12-dgtr@gov.cn, ad12-dgtr@gov.in, adv11-dgtr@gov.in) en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación del caso.


El 20 de junio de 2020, el Ministerio de Comercio e Industria de la India emitió un aviso que decía que, en respuesta a la solicitud presentada por empresas nacionales indias, se iniciaron investigaciones antidumping sobre lámina de aluminio con un grosor inferior o igual a 80 micras originaria o importada de China, Indonesia, Malasia y Tailandia. Los productos bajo investigación son láminas de aluminio, estén o no impresas o respaldadas con papel, cartón, plástico o materiales similares, con un grosor de 80 micras o menos (tolerancia permitida). El 18 de junio de 2021, el Ministerio de Comercio e Industria de la India emitió una resolución antidumping final afirmativa sobre el caso. El 16 de septiembre de 2021, la Oficina de Impuestos del Ministerio de Finanzas de la India emitió la circular n.º 51/2021-Aduanas(ADD), que decidió imponer derechos antidumping a la lámina de aluminio con un grosor de 80 micras o menos originaria o importada de China, Indonesia, Malasia y Tailandia por un período de cinco años, entre los cuales, las tasas de China oscilaron entre $398.45 / TM y $976.99 / TM, las de Indonesia desde $422.28 / TM, las de Malasia desde $850.45 / TM y las de Tailandia desde $93.53 / TM hasta $339.93 / TM. Esta circular entrará en vigor en la fecha de publicación en el Boletín Oficial. Los productos involucrados son productos bajo el Código Aduanero Indio 7607. Los siguientes productos no están sujetos a medidas antidumping en este caso: Lámina de aluminio de origen chino con un grosor de 5,5 micras a 80 micras, laminado de aluminio, lámina de aluminio de conversión de calibre ultraligero, material compuesto de lámina de aluminio, lámina de aluminio para condensadores con un ancho no superior a 500 mm, lámina de aluminio grabada o formada, placa de aluminio y plástico, lámina de aluminio recubierta, lámina de aluminio para botellas de cerveza, aleación de aluminio y silicio de manganeso y/o aleación de aluminio y silicio de manganeso recubierta, cinta de lámina de aluminio, lámina de aluminio recubierta de color.